Límites Auditoria 2016

Nuevos Límites Auditoria 2016

La legislación establece que tendrán obligación de someter su contabilidad a auditoría:

Aquellas entidades que superen los límites siguientes, es decir, que durante dos años consecutivos concurran al menos dos de las tres siguientes circunstancias:

 

  • Que el total de las partidas de activo superen 2.850.000 euros.
  • Que el importe neto de su cifra de negocio supere los 5.700.000 euros.
  • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio supere los 50.

Si se cumplen al menos dos de estas tres circunstancias un año, hay que vigilar si también se cumplen en el año siguiente, puesto que de ser así, sería en este segundo año cuándo hay obligación de auditar las cuentas anuales.

Del mismo modo, si una empresa está obligada a someter su contabilidad a auditoría, deberán de transcurrir dos ejercicios sin cumplir dos de las tres magnitudes comentadas, para dejar de tener obligación de auditoría en el segundo ejercicio.

Si enfrentamos estos límites a los de si podemos realizar las cuentas anuales de forma abreviada o normal, recordamos que con Ley 14/2013 de Apoyo a los emprendedores y su internacionalización, con entrada en vigor el 29 de septiembre de 2013, se establecen nuevos límites para poder formular el balance de situación y el estado de cambios de patrimonio neto abreviados.

Las nuevas magnitudes a tener en cuenta son:

 

 

  Máximos para aplicación PGC Pymes Máximos para formular cuentas anuales abreviadas
  Umbral para auditoria obligatoria de  Umbral para auditoria obligatoria  
  cuentas de sociedades de capital de cuentas de otras entidades  
Activo                                              2.850.000,00                                                                         4.000.000,00  
INCN                                             5.700.000,00                                                                         8.000.000,00  
Nº medio trabajadores                                                           50,00                                                                                       50,00  
Hay que reunir durante dos ejercicios consecutivos al menos dos de los requisitos mencionados.

Al aumentar los límites para poder formular balance abreviado, ya no siempre existirá la equivalencia balance abreviado = no obligación de auditar.

SÍGUENOS EN NUESTRAS REDES SOCIALES

   

Quienes somos

Albadit se configura como una empresa dinámica, emprendedora, joven y formada, que aúna experiencia en el sector e innovación constante, para poder satisfacer la demanda del cliente, independientemente del tamaño y sector de actividad.

  LEER MÁS

Albadit auditores

Despacho multidisciplinar auditores de cuentas, administradores concursales y consultores

  Avenida Alfonso X el Sabio 28 – 2º izquierda,
Alicante, 03004, (Alicante)

  966 59 05 35

  696737876

  966 59 05 35

Ubicación